Planificación escolar
Lo primero que debemos nombrar
aquí es la legislación que viene dada en tres
documentos:·
·
L.O.E (ley orgánica de
educación)·
·
ROC·
·
Decreto de Currículum
LOE: “Ley Orgánica de Educación” fue creada el
2/2006, de 3 de mayo. Es la ley que regula el Sistema Educativo español. Está basada en algunos decretos que propuso
Rousseau en el siglo XVIII y más adelante autores pertenecientes al movimiento
Escuela nueva. La creadora de esta ley es Alejandra José Sulbarán Sánchez. Esta
ley establece que la educación infantil va desde los 0-6 años. La LOE entiende
la Educación Infantil como una etapa única, que esta dividida en dos ciclos:-
El primero ciclo comprende hasta los tres años.- El segundo ciclo comprende
desde los tres a los seis años de edad. Esta ley tiene como objetivo
fundamental es la escolarización de los niños a edades tempranas, de hecho una
de las normas que establece es que todos los colegios que tengan las
instalaciones adecuadas deberán de poder escolarizar a todo niño que lo
solicite en el primer ciclo de infantil (0-3). El segundo ciclo de esta etapa
será gratuito. En ambos ciclos se tratará de desarrollar en los niños y niñas:
- El desarrollo afectivo.
- El movimiento y los hábitos de
control corporal.
- Las manifestaciones de la
comunicación y del lenguaje.
- Las pautas elementales de
convivencia y relación social.
- El descubrimiento de las
características físicas y sociales del medio en el que viven.
En el segundo ciclo se llevará a
cabo:
- Una aproximación a la
lecto-escritura.
- La iniciación de habilidades
lógico-matemáticas.
- Lenguas extranjeras.
- El uso de las TIC's.
- El conocimiento de diferentes
lenguajes artísticos
.El requisito principal que se
exige para poder impartir esta profesión es tener título de Maestro y la
especialidad de educación infantil, o con el título de Grado equivalente, pero
pueden tener apoyo de otros profesores de otras especialidades cuando se
requieran. PRINCIPIOS DE LA LOE:
1) Educación
de calidad para todos los ciudadanos:
- Se trata de
conseguir que todos los ciudadanos alcancen el máximo desarrollo posible de
todas sus capacidades, individuales y sociales, intelectuales, culturales y
emocionales.
- Se debe de
garantizar una igualdad efectiva de oportunidades.
- Se trata de
mejorar el nivel de todos, conciliando la calidad con la equidad.
2) Esfuerzo
compartido.
Es necesario el esfuerzo de todos los
componentes de la comunidad educativa y de la sociedad en su conjunto. El éxito
escolar depende de: alumnado, familia, profesorado, centros docentes,
administraciones educativas y sociedad.
3) Compromiso
decidido con los objetivos educativos de la Unión Europea.
- Mejorar la
calidad y eficacia.
- Facilitar el
acceso generalizado a los sistemas de educación y formación.
- Abrir estos sistemas
al mundo exterior.
ESTRUCTURA DE
LA LOE:
Esta ley se
caracteriza, porque se centra en tres puntos a desarrollar:
- Conocimiento
de sí mismo y autonomía personal: Esta área estudia el proceso para conocer el
cuerpo para conocer sus habilidades con el fin de establecer una serie de
hábitos como los de higiene.
-Conocimiento
e interacción con el entorno: Se quiere conseguir que se conozca el entorno
natural que rodea al niño y sus elementos, la interpretación de este entorno a
través del pensamiento matemático y la lógica. Tiene como fin fomentar la
convivencia.
- Los
lenguajes, comunicación y representación: tiene como objetivo que los niños
puedan relacionarse con el medio que les rodea y con las distintas personas que
viven en él. Existen tres bloques de contenidos:
-Lenguaje
verbal: busca que se desarrollen la lengua del país (el castellano) y las
extranjeras mediante la práctica.
-Lenguaje
creativo: trata el lenguaje plástico, el musical y el corporal.
-Lenguaje de
las tecnologías de la información y la comunicación: busca que los niños/as se
familiaricen con el mundo tecnológico de forma adecuada.
COMPETENCIAS
DE LA LOE:
- Competencia
en la comunicación lingüística, que se refiere a que los niños y niñas aprendan
a escuchar, hablar, leer y escribir.
- Competencia
matemática, cuyo objetivo es que maneje las habilidades matemáticas, obtener un
pensamiento lógico y resolver los problemas.
- Competencia
en el conocimiento e interacción con el mundo que le rodea, ésta competencia
pretende que los niños y niñas amplíen un conocimiento del mundo que le rodea,
las cualidades del cuerpo, y poder orientarse en los espacios cotidianos para
situarse en el tiempo.
- Competencia
digital, su objetivo es que los niños y niñas aprendan a utilizar el ordenador
y los medios audiovisuales.
- Competencia
social, se pretende que los niños y niñas adquieran habilidades de respeto
hacia los demás, como prestar ayuda, guardar su turno...
- Competencia
cultural y artística, su objetivo es que los niños y niñas adquieran la
capacidad cultural a través de distintos elementos como su cuerpo.
- Competencia
para aprender a aprender, lo que se pretende es que los niños y niñas aprendan
disfrutando y de una forma eficaz.
- Competencia
de autonomía e iniciativa personal, se refiere a que los niños y niñas
construyan su propio conocimiento a través de sus iniciativas.
- Competencia
emocional, quiere conseguir que los niños y niñas interpreten la realidad a
través de sus relaciones con los demás.
OBJETIVOS DE
LA LOE:
• Descubrir y
construir, a través de la acción, el conociendo de su propio cuerpo y el de los
otros, actuar con seguridad y aprender a respetar las diferencias.
• Observar y
explorar el mundo que les rodea a través del juego y de la acción y desarrollar
actividades de curiosidad y conservación.
• Adquirir
hábito de higiene, alimentación, vestido....
• Construir
una imagen de sí mismo y desarrollar las capacidades afectivas.
• Establecer
relaciones positivas con los iguales y los adultos; las pautas elementos de
convivencia y relación social, regular conducta y ejercitarse en la resolución
pacífica.
• Desarrollar
las habilidades comunicativas a través de distintos lenguajes y formas de
expresión con el movimiento, el gesto y el ritmo.
• Iniciarse en
el manejo de las herramientas lógico-matemático, la lectoescritura y las
tecnologías de la información y la comunicación.
• Descubrir el
placer de la lectura a través de los cuentos y relatos.
• Conocer y
participar de forma activa en las manifestaciones sociales y culturales de Castilla-La
Mancha.
CARACTERISTICAS
DE LA LOE:
- El 55 y 65%
de los horarios escolares estarán dedicados a los contenidos básicos de las
enseñanzas mínimas.
- Las
administraciones regularizarán el "derecho a la educación, el acceso en
condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro", tanto en
centros públicos, privados como concentrados.
- En el caso
de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo inmigrantes
atenderán a su "adecuada y equilibrada distribución" estableciendo la
"promoción" que deba ser matriculada en centros públicos y privados
concertados.
- La religión
católica será de oferta obligatoria en los centros y voluntaria para los
alumnos y las otras religiones ser ajustarán a los acuerdos con las respectivas
confesiones.
- Los alumnos
podrán repetir una vez en primaria y dos en ESO (sólo en una ocasión por
curso).
- Es
voluntaria y gratuita entre los 3 y los 6 años y el aprendizaje de un idioma
extranjero comenzará a los cinco años.
- Habrá planes
específicos de apoyo, refuerzo o recuperación para todos estos escolares desde
edades tempranas con el fin de mitigar el fracaso escolar.
- Existen
programas para aquellos alumnos que no tengan un rendimiento adecuado y para
reforzar materias básicas como Lengua y Matemáticas (diversificación
curricular).
- Organización
de programas para jóvenes mayores de 16 años y menores de 21que no obtengan la
titulación de La ESO.
- Bachillerato
(16-18 años) seguirá teniendo dos cursos y se organiza en:
Artes, Ciencias y Tecnología y Humanidades y
Ciencias Sociales, que podrán desdoblarse en vías diversas.
- La nueva
materia de Educación para la ciudadanía; y que se impartirá a lo largo de todo
el sistema educativo, en Primaria, durante dos cursos de Secundaria y en un
curso de Bachillerato. También habrá una asignatura de Ciencias para el mundo
contemporáneo y se impartirá con materia común en el Bachillerato de Artes y
Humanidades y Ciencias Sociales.
- Elimina la
reválida que había previsto la Ley de Calidad.
- Reconoce el
derecho de reunión de los alumnos, así como no asistir a clase cuando esa
decisión sea consecuencia de una reunión previa y así lo comuniquen a la
dirección del centro.
- Se prevé
intensificar la formación permanente de los profesores, el uso de las nuevas
tecnologías de la información y la comunicación, además de la actualización de
conocimientos en lenguas extranjeras.
- Los centros
docentes dispondrán de mayor autonomía.
ARTICULOS LOE:
1. “La
educación infantil constituye la etapa educativa con identidad propia que atiende
a niñas y niños desde el nacimiento hasta los seis años de edad.”
2. “La
educación infantil tiene carácter voluntario y su finalidad es la de contribuir
al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños.”
ROC: Es un documento creado el 20 de Febrero de1996, este documento se
encuentra dentro del real decreto 819/1993 del 28 de mayo. Es un documento cuya
una única norma comprensiva de todos los normas para un correcto funcionamiento
del centro, este documento se caracteriza , porque fue creado en función a
otras dos leyes/decretos Leyes Orgánicas 8/1985, de 3 de julio, reguladora del
Derecho a La Educaci6n, y 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenaci6n General del
Sistema Educativo. Se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de
educación infantil y en Colegios de Educación Primaria que se encuentren
ubicados en el ámbito territorial de gesti6n que corresponde al Ministerio de
Educación y Ciencia. Este artículo tiene varias disponibilidades: Disposición
adicional primera: EI presente Reglamento Orgánico tendrá carácter supletorio
para todos los centros docentes de educación infantil y primaria cuya
titularidad corresponda a aquellas Comunidades Autónomas, que se hallen en el
pleno ejercicio de sus competencias educativas, en tanto no dispongan de
normativa propia y en todo 10 que les sea de aplicación. Disposición adicional
segunda: Lo que establece el título V del Reglamento Orgánico, sobre evaluaci6n
de los centros, será de aplicación a todos los centros concertados de educaci6n
primaria, ubicados en el ámbito territorial de gestión que corresponde al
Ministerio de Educación y Ciencia. Disposición adicional tercera: Lo dispuesto
en este Reglamento se entiende sin perjuicio de las peculiaridades de los
centros docentes de carácter singular acogidos a convenios entre el Ministerio
de Educación y Ciencia y otros departamentos. Este documento también se divide
en disposiciones transitorias:
1º-
dependiendo del tiempo en el que la administración permita, los colegios de
primaria, podrán impartir, el primer ciclo de secundaria.
2º- según
corresponda se integraran los padres de los alumnos los alumnos en las tareas
de organización del colegio3º-Por Orden del Ministro de Educación y Ciencia se
establecerá el procedimiento para que los maestros que impartan el primer ciclo
de educaci6n secundaria obligatoria en un centro de educaci6n primaria puedan
participar en la elaboración, aprobación y evaluación del proyecto curricular
de esta etapa.
DECRETO DE
CURRICULUM: Es un documento en el que se escriben cuáles son los objetivos de
la educación en todos sus aspectos, niveles, gestión, modalidades… incorpora
elementos del proyecto curricular, destaca la importancia de la educación
escolar… este documento está en el decreto 68/2007 del 29-5 del 2007-
La planificación escolar se organiza en torno a documentos. Los fundamentales
son el Proyecto Educativo de Centro con lo que se hace la Programación General
Anual que se evalúa con la Memoria Anual.
· El
PEC: es un documento que se encarga de las intenciones formativas de las
actividades que se trabajen en un centro escolar. A la hora de desarrollar
otros documentos como el Reglamento de Régimen Interno, el Proyecto Curricular
de Centro… hay que tenerlo como base. Cada centro tiene su propio PEC, es
decir, ningún centro escolar va a tener el mismo. Esto lo elabora el equipo
directivo, mediante cuestionarios y asambleas con el AMPA y lo debe aprobar el
Consejo Escolar. Le permite tener una determinada autonomía al centro (por
ejemplo: decidir tener libro de texto o no). No es un documento acabado, sino
un proyecto que se puede modificar a largo plazo, esto se puede realizar cuando
pasa el periodo de revisión, aproximadamente como cada cuatro años. El PEC se
encarga de responder a tres preguntas sobre la situación del centro.
– QUIÉNES
SOMOS
– QUÉ
PRETENDEMOS.
– CÓMO
NOS ORGANIZAMOS.
-
DÓNDE ESTAMOS.
Se compone de
otros cinco documentos:
P.D:
La Programación Didáctica: Es un documento en el que constan las competencias,
contenidos, metodologías, objetivos y criterios de evaluación. Se encargan de
realizarla los maestros de cada ciclo, teniendo en cuenta que deben tener
coordinación todos los cursos que componen dicho ciclo, así como las áreas de
cada curso. Algunas de las cosas que deben tener las Programaciones Didácticas
son: la distribución, organización y evaluación de cada contenido que tiene el
curso; la metodología sobre el aprendizaje de la lectura y la comprensión de
esta, el tiempo diario dedicado a la lectura…; cómo introducir en el aula las
tecnologías de la información y comunicación; revisión de los libros de texto y
otros materiales; medidas de apoyo a alumnos con diferentes problemas;
propuestas de actividades extraescolares o complementarias…
P.A.D: El Plan de Atención a la
Diversidad: es el conjunto de acciones, adaptaciones curriculares, mandatos
para mejorar la organización y refuerzos que un determinado centro educativo
crea para que los alumnos de dicho centro puedan contar con respuestas
adaptadas a sus necesidades educativas (tanto las corrientes como las
extraordinarias) y a los problemas que puedan sobrevenir en algunas áreas,
intentando prevenir posibles dificultades de aprendizaje.
Un ejemplo de esto es el siguiente, (sacado de:
http://www.educa.madrid.org/web/cp.alhambra.madrid/plandeatenciondiversidad_0708.pdf)
CEIP Alhambra.
P.A.T: Plan de acción tutorial: es la principal herramienta para
planificar la tutoría. Debe ser elaborado en consenso con los equipos docentes
para que tenga coherencia y cohesión, teniendo en cuenta las características y
las ideas del centro educativo. En él constan los criterios de funcionamiento
de la tutoría en el centro. Debe estar en constante revisión, debe ser flexible
(adaptándose a la realidad cambiante), debe tener objetivos realistas. El
principal cambio con respecto al anterior sistema educativo es que ahora sí se
delimitan los horarios, recursos… que hacen falta para que se desarrolle el
plan. Está regido por el ROC o Decreto de Organización de Centro.
ü P.C: Plan de Convivencia: es el documento en el que se define la
organización de la convivencia en un centro educativo (recordemos que aprender
a convivir es un objetivo del sistema educativo). En él se establece el modelo
de convivencia del centro, las normas que lo regulan, los objetivos pretendidos
y las acciones para alcanzarlos. Es una tarea de toda la comunidad educativa
(docentes, familias y alumnos). Sustituye al antiguo “Régimen Interno”.
P.G: Plan de Gestión:
Es un proceso que consiste en transformar de las instituciones educativas
a proyectos educativos. Trata de prolongar a través de la vida de la
institución su visión como escuela, es decir, que clase de escuela quieren
tener, aquí aparecen en su creación todos los maestros, los estudiantes, los
directivos, el personal administrativo, los padres de familia, los
representantes de organizaciones civiles, entre otros.
P.G.A:
Programación General Anual: artículo 125 LOE. 2/2006 3 mayo. Es el conjunto de
acciones derivadas de las medidas adoptadas en el proyecto educativo realizado
en el centro educativo. La PGA constituye, la concreción de los criterios y
orientaciones generales para cada curso. Facilitará la coordinación en el
desarrollo de las actividades educativas, el correcto ejercicio de las
competencias de los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente y
la participación de todos los sectores de la comunidad escolar. Es el equipo
directivo el encargado en coordinar y elaborar esto, de acuerdo con las ideas
que se den en el consejo escolar, en las asociaciones de padres y madres y en
los claustros de los docentes.
Esto ha de estar a disposición de todos los componentes de la comunidad
escolar, un ejemplar ha de estar en la secretaría del centro. Se renueva cada
año y ha de incluir:
a) Los
criterios pedagógicos para la elaboración del horario del alumnado.
b) El Proyecto
educativo y sus modificaciones.
c) El programa
anual de actividades extraescolares y servicios complementarios.
d) La
situación del proceso de aplicación del diseño particular del programa de
educación plurilingüe o bilingüe en el centro.
e) El
calendario de reuniones de los órganos de gobierno del centro.
f) El
calendario de evaluación y entrega de la información a los padres, madres y
tutores legales.
g) Los
aspectos organizativos del calendario de reuniones y entrevistas con los
padres, madres y tutores legales.
h) Una memoria
administrativa que incluirá el documento de organización del centro, la
estadística de principio de curso, y la situación de instalaciones y del
equipamiento.
· Memoria Anual: debe de
partir tras la investigación de los elementos que componen el sistema
educativo. Aporta soluciones para mejorar el PEC, PGA y PC, además de los
diferentes planes, actividades… que pueda tener un centro educativo. Evalúa los
elementos de la vida escolar para adoptar la metodología de un año a otro y que
se adapte más a las necesidades de los alumnos. Se hacen por ciclo y todos los
profesores hacen la evaluación de todo lo que ha pasado y presentan un resumen.
La aprueba el equipo directivo y después se la envía a la Consejería de
Educación.
Otra parte importante de la planificación escolar son los responsables, que
se agrupan en 2 niveles:
- LA
DIRECCIÓN DE LOS CENTROS. Sus funciones son:·Planifica, coordina, dirige y
controla las actividades académicas y administrativa de una unidad educativa.
·Controla,
evalúa y aprueba programas de actividades especiales, complementarias,
recreativas, deportivas y culturales.
·Evalúa el
desempeño del personal docente.
·Organiza y
aprueba el cronograma de actividades del año escolar.
·Elabora y
ejecuta el anteproyecto y proyecto de presupuesto de la unidad.
·Vela por el
cumplimiento de las normas, procedimientos y reglamentos que rigen el centro
educativo.
·Dirige el
Consejo de Profesores y demás actos del plantel.
·Gestiona ante
el Ministerio de Educación, la documentación relacionada con el área.
·Elabora y
lleva el control de las estadísticas.
·Organiza y
participa en talleres de actualización académica.
·Autoriza las
diversas erogaciones y demás gastos generales.·
Supervisa y
lleva el control de los registros relativos a actas, matrículas, asistencia,
entre otros.
·Promueve
acciones conducentes al mejoramiento del proceso de enseñanza-aprendizaje,
basados en los resultados obtenidos de la evaluación estudiantil.
·Supervisa la
ejecución de los planes y programas que garanticen la atención integral del
niño.
·Elabora y
presenta el plan de actividades ante la Zona Educativa.
·Elabora
anualmente informe del resultado del plan de necesidades, objetivos y
actividades del centro educativo.
·Rinde cuenta
periódicamente al supervisor sectorial del Ministerio de Educación y recibe
información sobre actividades y normativas emanados por este organismo.
·Estudia conjuntamente
con el psicólogo los casos de niños especiales.
·Participa en
los Consejos de la Directiva de la Sociedad de Padres y/o Representantes.
·Supervisa la
elaboración del inventario de materiales y equipos.
·Redacta y
firma la correspondencia y documentación de la unidad.
·Supervisa y
distribuye las actividades del personal a su cargo.
·Cumple con
las normas y procedimientos en materia de seguridad integral, establecidos por
la organización.
·Mantiene en
orden equipo y sitio de trabajo, reportando cualquier anomalía.
·Elabora
informes periódicos de las actividades realizadas.
·Realiza
cualquier otra tarea afín que le sea asignada.
Su ámbito de
actuación y responsabilidades son:
MATERIALES: Maneja
constantemente equipos y materiales de fácil uso, siendo su responsabilidad
directa y maneja periódicamente equipos y materiales medianamente complejos,
siendo su responsabilidad indirecta.
DINERO: Es
responsable indirecto de firma de cheques, custodia de materiales y ejecución
de presupuesto.
INFORMACIÓN
CONFIDENCIAL: Maneja en forma directa un grado de confidencialidad medio.
TOMA DE
DECISIONES: Las decisiones que se toman se basan en políticas específicas, en
procedimientos definidos para lograr objetivos específicos, mejorar métodos o
establecer técnicas y estándares, a nivel de dirección.
SUPERVISIÓN: El
cargo recibe supervisión general de manera directa y periódica y ejerce una
supervisión específica de manera directa y constante. La figura del director,
así como sus competencias, funciones y forma de elección, aparecen contemplada
en la actual ley de educación, la LOE, que establece en su Título III que la
selección del director se realizará mediante un concurso de méritos. Y
específica además cuáles serán los requisitos, procedimientos y nombramiento
del director, así como sus competencias.
- Requisitos:
·
5 años como profesor en un centro público.
·
Un curso completo en el centro al que se opta al
cargo.
·
Presentar un proyecto de dirección.
- Procedimiento:
·
Selección por una comisión democrática, según
criterios de la Administración educativa. Esta propone el número total de:
·
Al menos 1/3 de profesores
·
1/3 miembros no docentes que formaran dicha
comisión.
·
La Comisión valorará objetivamente los logros
académicos y profesionales acreditados por los aspirantes.
Tienen
preferencia los profesores del centro.
- Nombramiento:
·
Superación de un programa de formación inicial
realizado por la administración pública. Exentos aquellos que hayan
ejercido como director, un mínimo de dos años.
·
Duración de 4 años, con posibilidad de
renovación por periodos de igual duración. No se contempla un máximo de
periodos.
- LOS PROFESORES.. Las
funciones del profesorado son, entre otras, las siguientes:
a) La
programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan
encomendados.
b) La
evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de
los procesos de enseñanza.
c) La tutoría
de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en
su proceso educativo, en colaboración con las familias.
d) La
orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración,
en su caso, con los servicios o departamentos especializados.
e) La
atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del
alumnado.
f) La
promoción, organización y participación en las actividades complementarias,
dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros.
g) La
contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de
respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los
alumnos los valores de la ciudadanía democrática.
h) La
información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus
hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.
i) La
coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les
sean encomendadas.
j) La
participación en la actividad general del centro.
k) La
participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones
educativas o los propios centros.
l) La
investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de
enseñanza correspondiente. Los profesores realizarán las funciones expresadas
en el apartado anterior bajo el principio de colaboración y trabajo en equipo.
Otro de los puntos es el proceso de elaboración, que tiene dos
características:- Es
participativo. La normativa legal establece que los centros escolares no
universitarios dispongan de órganos de gobierno colegiados (Claustro de
profesores y Consejos Escolares de Centro) a través de los cuales se puede
ejercer el derecho a la participación. Son también órganos de consulta y de
toma de decisiones ejecutivas.
- Requiere
una aprobación. Cada uno de los documentos los suele aprobar el consejo escolar
y la responsabilidad de que esto se lleve a cabo es del director.