ÓRGANOS DE GOBIERNO EN LAS ESCUELAS:
ÓRGANOS UNIPERSONALES:
EQUIPO DIRECTIVO:
Se encarga de estudiar y
presentar al claustro de profesores y al consejo escolar propuestas para
facilitar y hacer más participativa la vida en el centro, velan por el
funcionamiento correcto del centro, proponen elementos que permitan mejorar e
integrar la convivencia en el centro, establecen los criterios para la creación
del proyecto del presupuesto y crean una propuesta para realizar el PEC
(proyecto Educativo del Centro), PGA (Programación General Anual) y la Memoria
Final.
DIRECTOR/A:
Elegido por una comisión constituida al efecto, de representantes de la administración, padres y profesores
Es la figura que representa al centro dentro y fuera de él. Representa la autoridad dentro del centro y es responsable del cumplimiento normativo. Dirige y coordina todas las actividades del colegio (presidir las reuniones, actos académicos, y sesiones de Consejo Escolar y Claustro). Se encarga de la integración de La Comunidad Escolar, promotor del cambio y la innovación. Garantiza el cumplimiento de las leyes dentro de la institucional igual que los objetivos estratégicos del P.E.I (Proyecto Educativo Institucional). Debe proporcionar un ambiente educativo estimulante para que alumnos y Profesores mejoren sus técnicas de aprendizaje. Para poder acceder al cargo de director/a hay que cumplir estos requisitos: Tener 5 años de antigüedad de funcionario y haber ejercido 3 de ellos en un colegio fijo por ultimo hay que presentar un proyecto de dirección.
Es la figura que representa al centro dentro y fuera de él. Representa la autoridad dentro del centro y es responsable del cumplimiento normativo. Dirige y coordina todas las actividades del colegio (presidir las reuniones, actos académicos, y sesiones de Consejo Escolar y Claustro). Se encarga de la integración de La Comunidad Escolar, promotor del cambio y la innovación. Garantiza el cumplimiento de las leyes dentro de la institucional igual que los objetivos estratégicos del P.E.I (Proyecto Educativo Institucional). Debe proporcionar un ambiente educativo estimulante para que alumnos y Profesores mejoren sus técnicas de aprendizaje. Para poder acceder al cargo de director/a hay que cumplir estos requisitos: Tener 5 años de antigüedad de funcionario y haber ejercido 3 de ellos en un colegio fijo por ultimo hay que presentar un proyecto de dirección.
JEFE DE ESTUDIOS:
Pone en marcha las operaciones
realizadas por el Claustro, distribuye las aulas del centro,sustituye al
director en caso de enfermedad o necesidad, elabora, junto con el resto de miembros del
equipo directivo, los horarios académicos de alumnos y profesores, organiza
actos académicos, controla las faltas del profesorado, soluciona problemas
de disciplina e intenta que las normas
establecidas se cumplan a la perfección. Asume las
unidades organizativas de coordinación docente .La sustitución será realizada
por un profesor que seleccione el director del centro el cual ocupara su
posición temporalmente, para ello ha de ser un profesor fijo en el centro, lo
designa el director, pero antes lo tiene que consultar con el Consejo Escolar y
nombrado por el Delegado Provincial la duración en este puesto es la misma que
la que esta el director que la ha puesto.
SECRETARIO:
Encargado de gestionar la
secretaria del centro, organiza el régimen administrativo del centro y el régimen económico según las
instrucciones del director, realiza el inventario del centro y lo mantiene
actualizado, guarda y coordina el uso del material didáctico, custodia
documentos… Los requisitos para este cargo son: Ser dedicado, ser honrado, y
tener un lenguaje agradable y comprensivo porque su cargo exige tratar con
muchas personas de diversos temperamentos y este ha de adaptarse a ellos lo
mejor que pueda.
JEFE ADJUNTO:
El
jefe de estudios adjunto es un cargo directivo que se nombra por cuatro años y
sólo cesa cuando lo hace también el director o cuando se le abre un expediente.
Jefatura
de estudios las establece así:
-El Jefe de
Estudios adjunto deberá desarrollar sus competencias en la etapa educativa que
tuviera asignada.
-Será responsable de de los
medios informáticos del Centro (red informática, página Web, programas
informáticos de funcionamiento, etc.).
-En caso de ausencia o enfermedad
del Jefe de Estudios, el Jefe de Estudios adjunto lo sustituirá en la forma y
procedimiento que determine el Director, tendrá que informar de este
nombramiento provisional al Consejo Escolar.
ORGANOS COLEGIADOS
CONSEJO ESCOLAR:
El Consejo Escolar es el órgano
de participación por excelencia, participa en el control y gestión del centro de los distintos sectores
que forman la comunidad educativa. A través de él, profesores, padres de
alumnos, alumnos, personal de administración y servicios participan en él. Es difícil que se reúnan todos, por eso se organizan en pequeños comités.
Este organismo esta compuesto por
los siguientes miembros:
a) El Director del centro, que
será su Presidente.
b) El Jefe de Estudios.
c) Un concejal o representante
del Ayuntamiento, elegido por el alcalde.
d) Un número de profesores,
elegidos por el Claustro, que no podrá ser inferior a un tercio del total de
los componentes del Consejo (unos 4 profesores aproximadamente). Elegidos por el claustro.
e) Un número de padres y de
alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no podrá ser inferior
a un tercio del total de los componentes del Consejo (4 padres). Estos se presentan voluntarios y se votan entre ellos, uno es elegido por el AMPA.
f) Un representante del personal
de administración y servicios del centro (PAS).
g) El Secretario del centro, que
actuará como secretario del Consejo, este no intervendrá en el asunto.
- El número de personas varía según
el número de alumnos de la institución establecida por las normas.
- Los colegios con clases para
niños con atenciones especiales también se formaran parte del consejo mediante
un representante.
-Los centros que incluyen
formación profesional, si quieren también pueden formar parte, pero solo si La
Administración lo permite (representantes de organizaciones empresariales o
instituciones laborales del ámbito del centro.).
FUNCIONES:
a) Aprobar el Proyecto Educativo del Centro (PEC) y la Programación General Anual (PGA).
a) Aprobar el Proyecto Educativo del Centro (PEC) y la Programación General Anual (PGA).
b) Formular propuestas al equipo
directivo sobre la programación anual del centro y aprobar el proyecto
educativo, sin que las competencias del Claustro de profesores, formen parte de
la planificación y organización docente.
c) Elaborar informes, sobre el
funcionamiento del centro y sobre aquellos otros aspectos relacionados esta
actividad
d) Participar en el proceso de
admisión de alumnos y asegurarse que se ajuste a lo establecido en esta Ley y
disposiciones que la desarrollen.
e) Aprobar el reglamento de
régimen interior del centro.
f) Conocer la resolución de
conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y asegurarse que éstas
se adapten a la normativa vigente. Pueden proponer sanciones, pero el que decide en el director.
g) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro
y su liquidación.
h) Promover la conservación y
renovación de las instalaciones y equipo escolar.
i) Proponer colaborar con fines
educativos y culturales, con otros centros, entidades y organismos.
j) Analizar y valorar el funcionamiento general
del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la
evaluación que La Administración educativa.
k) Ser informado de la propuesta a La
Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo
directivo.
l) Proponer medidas e iniciativas que
favorezcan la convivencia en el centro.
RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL
CONSEJO ESCOLAR:
El consejo se reúne una vez al
trimestre (mínimo) siempre que sea solicitado o impuesto por el director, han
de acudir mínimo un tercio de sus miembros, la asistencia es obligatoria para
todos sus miembros. Normalmente se suele hacer una al principio de curso y otra
al final de este.
ELECCIÓN Y RENOVACIÓN DEL
CONSEJO ESCOLAR:
Este proceso se desarrolla
durante el primer trimestre del curso. El Consejo Escolar se renovará por
mitades cada dos años de forma alternativa (sistema de mitades).
Los miembros de la comunidad
educativa sólo podrán ser elegidos por el sector correspondiente y podrán ser
candidatos para la representación de uno sólo de dichos sectores. Para cada
elección se creara una junta electoral.
La renovación del consejo escolar es cada 4 años, a excepción de si un profesor o padre se va del centro, que deberá ser sustituido.
La renovación del consejo escolar es cada 4 años, a excepción de si un profesor o padre se va del centro, que deberá ser sustituido.
EL CLAUSTRO DE PROFESORES:
Es un organo del centro que
esta presidido por el director y esta formado también por el resto del
profesorado del centro, este órgano tiene la responsabilidad de planificar,
coordinar decidir e informar sobre los aspectos docentes del centro, pero su
función principal será la de impartir docencia entre el alumnado.
Se reúnen entre tres y cuatro
veces al año para proponer mejoras al Plan del centro, revisar las normas de
funcionamiento…
COMPETENCIAS DEL CLAUSTRO:
Las competencias se encuentran en
la ley orgánica 9/1995 LOPEGE articulo 15.
No todas las competencias son
iguales, dependiendo de si el centro es privado concertado o publico tendrán
sus pequeñas diferencias:
a) Formular al equipo directivo
propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación
general anual.
b) Aprobar y evaluar los
proyectos curriculares y los aspectos docentes, en función del proyecto
educativo del centro y de su programación.
c) Promover iniciativas en el
ámbito de la experimentación, la investigación pedagógica y en la formación del
profesorado del centro.
d) Elegir a sus representantes en
el Consejo Escolar del centro.
e) Conocer las candidaturas a la
dirección y los programas presentados por los candidatos.
f) Coordinar las funciones
referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
g) Analizar y valorar los
resultados de la evaluación que del centro realice.
CENTROS PÚBLICOS EN PARTICULAR
Se encuentran en el artículo 32
de este mismo documento
a) Formular propuestas dirigidas
al equipo directivo para la elaboración del Proyecto Educativo del Centro y del
plan anual del mismo.
b) Establecer los criterios para
la elaboración de los Proyectos Curriculares, aprobarlos, evaluarlos y decidir
las posibles modificaciones posteriores de los mismos, en función del Proyecto
Educativo del Centro.
c) Aprobar los aspectos docentes
del plan anual del centro, en función del Proyecto Educativo del Centro e
informarlo antes de su presentación al Consejo Escolar, al igual que La Memoria
Final de Curso.
d) Indagar en la experimentación
y de la investigación educativa.
e) Elegir a sus representantes en
el Consejo Escolar del Centro.
f) Conocer las candidaturas a la
dirección y los programas presentados por los candidatos.
g) Coordinar las funciones de
orientación, tutoría, evaluación y recuperación del alumnado
h) Analizar y valorar los
resultados de la evaluación que del Centro realice La Administración Educativa.
i) Analizar y evaluar los
aspectos docentes del Proyecto Educativo del Centro y del plan anual.
j) Promover iniciativas en la
formación del profesorado del Centro y elegir a su representante en el Centro
de Profesores.
k) Aprobar los criterios
pedagógicos para la elaboración del horario general del Centro, del alumnado y
del profesorado.
l) Aprobar la planificación
general de las sesiones de evaluación.
m) Analizar y valorar
trimestralmente la situación económica del Centro.
n) Analizar y valorar la
evolución del rendimiento escolar general del Centro a través de los resultados
de las evaluaciones.
ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE
Los centros escolares tienen diferentes órganos de
coordinación docente, dependiendo de las etapas y la manera en la que el centro
esté organizado, los principales son:
TUTORÍA:
Todos los grupos de alumnos, tanto en infantil como en
primaria, deben de tener un tutor, nombrado por el director, las
tutorías suelen recaer en el profesor que más horas imparta a esos niños,
siendo el Jefe de Estudios, el Secretario y el Director adjudicados como tutores
en último lugar y solo si fuese estrictamente necesario.
Los tutores organizan el llamado PAT (Plan de Acción
Tutorial) con una serie de objetivos previstos para cumplir a lo largo del
curso, el Jefe de Estudios se encarga de coordinar a los diferentes tutores y
de organizar reuniones periódicas para hablar de este Plan.
Son funciones de la tutoría: desarrollar con el alumnado
programas relativos a la mediación y mejora de la convivencia, a los hábitos y
técnicas de estudio y a la toma de decisiones; facilitar el intercambio de los
profesores con las familias y promocionar a estas a que participen activamente
en el centro; y coordinar al resto de profesores.
Los tutores deben encargarse además de orientar y ayudar a
sus alumnos a través de las diferentes etapas que cursen y a lo largo de su
vida escolar.
En Educación Infantil y Primaria, el horario del tutor
incluirá una hora complementaria semanal para la atención a los padres.
El tutor debe tener al menos dos reuniones con el conjunto de padres: una de ellas al principio
de curso, y una individual.
JUNTA DE PROFESORES DE GRUPO:
La junta de profesores de grupo estará constituida por todos
los profesores que imparten docencia a los alumnos del grupo y será coordinada
por su tutor.
Las reuniones que se realicen deben ser a causa de las
sesiones de evaluación que se hayan programado con anterioridad en el centro,
también pueden reunirse si el Jefe de Estudios lo pide, además, el tutor puede
pedir al Jefe de Estudios que realice una de estas reuniones si lo ve necesario.
A todas las reuniones debe asistir el Jefe del Departamento
de Orientación.
La
junta de profesores se ocupa de la evaluación y seguimiento de cada grupo; de
establecer maneras de mejorar el aprendizaje; mejorar el clima de convivencia
en el grupo; y elaborar la información que se le proporcionará a los padres.
DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN:
El departamento de orientación se encuentra mayoritariamente
en los centros de Educación Secundaria y el jefe de este departamento suele
tratarse del psicólogo o psicopedagogo del centro.
Aunque el Departamento de Orientación es propio de los
centros de secundaria este puede ocuparse de la orientación en los centros de
primaria e infantil que haya alrededor.
Las funciones del Departamento de Orientación son: organizar
la orientación educativa, psicológica y académico-profesional de los alumnos
del centro, además del Plan de Acción Tutorial, todo esto basándose en los
criterios del Claustro de Profesores, los tutores y la comisión de coordinación
pedagógica.
El Jefe del departamento actúa bajo las órdenes del Jefe de
Estudios y en coordinación con el equipo directivo. Debe participar en las
reuniones de la comisión de coordinación pedagógica y en las de las juntas de
profesores y se encarga de realizar el seguimiento al PAT (Plan de Acción
Tutorial). Además redacta el plan de actividades del departamento y la memoria
final del curso.
EQUIPOS DE CICLO:
Los equipos de ciclo están constituidos por los maestros que
imparten clase en cada uno de ellos, y actúan bajo la supervisión del Jefe de
Estudios. Además cada equipo de ciclo tendrá un coordinador, designado por el
Director, cuando no exista un coordinador estas funciones deben ser asumidas
por el Jefe de Estudios o el Director.
La función principal de los equipos de ciclo es la de
organizar como se desarrollara la enseñanza en cada ciclo.
Los Equipos de Ciclo deben reunirse mínimo una vez cada
quince días y son reuniones de obligada asistencia para todos los miembros del
equipo.
Al final del curso, los equipos de ciclo recogerán en una
memoria la evaluación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
La memoria, redactada por el Coordinador de ciclo, será entregada al Director,
y será tenida en cuenta en la elaboración de la programación general anual y en
la revisión del proyecto curricular del curso siguiente.
COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA:
Órgano de coordinación por excelencia.
Si el CEIP tiene menos de doce grupos estas funciones las asume el claustro.
Esta comisión existirá en los centros de doce o más unidades y estará integrada por el Director, que será el Presidente, el (o los) Jefe(s) de Estudio(s), los Coordinadores de Ciclo y los Jefes de Departamento. El secretario de esta Comisión de coordinación pedagógica será el Coordinador de Ciclo o Jefe de Departamento de menor edad.
Si el CEIP tiene menos de doce grupos estas funciones las asume el claustro.
Esta comisión existirá en los centros de doce o más unidades y estará integrada por el Director, que será el Presidente, el (o los) Jefe(s) de Estudio(s), los Coordinadores de Ciclo y los Jefes de Departamento. El secretario de esta Comisión de coordinación pedagógica será el Coordinador de Ciclo o Jefe de Departamento de menor edad.
La comisión celebrara una reunión extraordinaria a principio
de curso y otra al final, además de estas dos se deberán reunir mínimo una vez
cada tres meses.
La comisión de coordinación pedagógica establece las normas
para la creación de los PC (proyectos curriculares) de nivel y las
programaciones didácticas. Además debe establecer un calendario para el
seguimiento y evaluación de los proyectos curriculares y propondrá al claustro
de profesores la planificación de las sesiones de evaluación y, para niveles
superiores (como ESO o Bachillerato) el calendario de exámenes, que se incluirá
en el PAT (Plan de Acción Tutorial).
Se celebran tres sesiones de evaluación, una por trimestre
en el curso. La última sesión de evaluación es donde se anotan las calificaciones
finales de cada alumno.
ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN
EL CONSEJO ESCOLAR:
El órgano de participación por excelencia es el Consejo Escolar, que es un órgano de gobierno del centro, en el que participan todos los componentes de la comunidad educativa y cuya construcción es obligatoria en centros con gestión pública. Los participantes del Consejo Escolar se renovarán cada dos años la mitad de cada sector, excepto los representantes del equipo directivo que estarán por lo menos cuatro años. El director del centro será el presidente del Consejo y el secretario de este tendrá voz pero no voto. Las decisiones se tomarán por mayoría, en el caso de que se produzca algún empate se decidirá por el voto del presidente que tendrá más valor. En algunas ocasiones es posible que se tengan que tomar las decisiones con mayoría absoluta o con dos tercios de los integrantes del consejo.
JUNTA DE DELEGADOS DE ALUMNOS:
En la primera semana de clase, cada grupo elegirá mediante una votación y por secreto un representante de grupo, este será el delegado que formará parte de la junta de delegados. Además también se ha de elegir un subdelegado que será quien se encargue de sustituir al delegado cuando este último tenga alguna enfermedad o problema, además le apoyará en sus decisiones. Las elecciones de delegados serán convocadas por el Jefe de Estudios, en colaboración con los tutores. Si la mayoría de los alumnos que votaron al delegado y al subdelegado, realizan un escrito con una serie de razones, y se le entregan al tutor, estos podrían ser revocados.
El órgano de participación por excelencia es el Consejo Escolar, que es un órgano de gobierno del centro, en el que participan todos los componentes de la comunidad educativa y cuya construcción es obligatoria en centros con gestión pública. Los participantes del Consejo Escolar se renovarán cada dos años la mitad de cada sector, excepto los representantes del equipo directivo que estarán por lo menos cuatro años. El director del centro será el presidente del Consejo y el secretario de este tendrá voz pero no voto. Las decisiones se tomarán por mayoría, en el caso de que se produzca algún empate se decidirá por el voto del presidente que tendrá más valor. En algunas ocasiones es posible que se tengan que tomar las decisiones con mayoría absoluta o con dos tercios de los integrantes del consejo.
JUNTA DE DELEGADOS DE ALUMNOS:
En la primera semana de clase, cada grupo elegirá mediante una votación y por secreto un representante de grupo, este será el delegado que formará parte de la junta de delegados. Además también se ha de elegir un subdelegado que será quien se encargue de sustituir al delegado cuando este último tenga alguna enfermedad o problema, además le apoyará en sus decisiones. Las elecciones de delegados serán convocadas por el Jefe de Estudios, en colaboración con los tutores. Si la mayoría de los alumnos que votaron al delegado y al subdelegado, realizan un escrito con una serie de razones, y se le entregan al tutor, estos podrían ser revocados.
Los miembros de la Junta de Delegados tienen acceso a
conocer las actas del Consejo Escolar y cualquier otro documento administrativo
del centro, salvo los que puedan ser personales.
Algunas de las “obligaciones” que tiene un delegado son las
siguientes: Asistir y participar en las reuniones de las Juntas de Delegados;
recoger cada mañana en conserjería el parte de incidencias de su grupo y
responsabilizarse de que no le pase nada a lo largo de toda la jornada;
colaborar con el tutor y otros docentes del centro para mejorar los posibles problemas
que afecten al grupo, así como intentar que el grupo tenga un funcionamiento
correcto y que colaboren entre ellos.
ASOCIACIONES DE ALUMNOS:
Solo en los institutos.
Son unas organizaciones que se encuentran dentro del proceso educativo y están reguladas, en estas se juntan un grupo de alumnos de un mismo centro escolar para lograr conseguir más derechos tanto para ellos como para el centro educativo, además de involucrarse y participar más en la comunidad escolar, y poder conseguir así una mejora en la calidad de enseñanza.
Solo en los institutos.
Son unas organizaciones que se encuentran dentro del proceso educativo y están reguladas, en estas se juntan un grupo de alumnos de un mismo centro escolar para lograr conseguir más derechos tanto para ellos como para el centro educativo, además de involucrarse y participar más en la comunidad escolar, y poder conseguir así una mejora en la calidad de enseñanza.
Las asociaciones de alumnos tienen una serie de finalidades,
algunas de ellas son: expresar las opiniones o ideas de todos los alumnos en lo
que se refiera al centro escolar; participar y colaborar en todas las
actividades que se realicen en el centro, también las de carácter extraescolar;
realizar actividades para fomentar el trabajo en equipo, además también se los
facilita la representación que puedan tener en el Consejo Escolar.
Estas asociaciones se construirán tras realizar un acta y
que esta acta esté firmada por lo menos por el 5% de los alumnos del centro,
deberá ser entregada a la secretaría del centro.
Todos los alumnos matriculados en un centro podrán
presentarse a las elecciones del consejo escolar, además de que la asociación
de alumnos puede elegir a unos supervisores para las elecciones.
ASOCIACIONES DE PADRES Y MADRES:
Son organizaciones que están reconocidas dentro del proceso educativo, permiten que los padres y madres, de manera voluntaria, se impliquen y participen en muchas cosas de las que pasen en el centro educativo de sus hijos. Tienen varias finalidades, algunas de ellas son: participar en todas las actividades que afecten a sus hijos; colaborar en las actividades educativas que se lleven a cabo en el centro educativo; participar en la gestión del centro; hacer más fácil la participación y la representación de los padres en el Consejo Escolar, crear Escuelas de Padres...
Son organizaciones que están reconocidas dentro del proceso educativo, permiten que los padres y madres, de manera voluntaria, se impliquen y participen en muchas cosas de las que pasen en el centro educativo de sus hijos. Tienen varias finalidades, algunas de ellas son: participar en todas las actividades que afecten a sus hijos; colaborar en las actividades educativas que se lleven a cabo en el centro educativo; participar en la gestión del centro; hacer más fácil la participación y la representación de los padres en el Consejo Escolar, crear Escuelas de Padres...
Estas asociaciones se llevarán a cabo tras realizar un acta
firmada por aquellos padres que se comprometan a realizar todas las actividades
nombradas anteriormente. Son las llamas AMPAS.
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